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ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN 05-06-2008
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VISITADURÍA REGIONAL HOPELCHÉN
Titular: Aida Elisa Narvaez Cortés
Estudios: Licenciada en Derecho
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Las funciones de la Visitaduría Regional son las siguientes:
- Recibir, admitir o rechazar las quejas presentadas por los afectados, sus representantes o los denunciantes ante la Comisión;
- Realizar las actividades necesarias para lograr por medio de la conciliación, la solución inmediata de las violaciones de derechos humanos que, por su propia naturaleza así lo permita;
- Calificar las quejas presentadas por presuntas violaciones a derechos humanos;
- Realizar las investigaciones y estudio para formular los proyectos de recomendación o acuerdos de no responsabilidad que se someterán al Presidente de la Comisión para su consideración, previa revisión del Visitador General;
- Recibir y registrar las quejas por presuntas violaciones a derechos humanos que se presenten directamente por los agraviados en las Oficinas de la Comisión Estatal;
- Acordar con el Visitador General o en su caso, con el Presidente la resolución de los asuntos que se tramiten en el área de su competencia;
- Coadyuvar con la Secretaria Técnica en el seguimiento de las recomendaciones y propuestas de conciliación emitidas;
- Elaborar los acuerdos de archivo de los expedientes de queja;
- Desempeñar las comisiones que el Presidente y el Visitador General le encomienden y mantenerlos informados de sus resultados;
- Radicar y dirigir la integración de los legajos y gestión iniciados en los programas de Vinculación con la Ciudadanía, Atención a Grupos Vulnerables y Victimas del Delito en el ámbito de su competencia;
- Supervisar la asesoría y orientación jurídica brindadas al público;
- Mantener informado a los quejosos e interesados de los avances de las investigaciones y las gestiones realizadas con motivo de la integración de expedientes de quejas y legajos de gestión;
- Rendir informes mensuales de las actividades realizadas con relación a cada programa;
- Supervisar el seguimiento de acuerdos y convenios, firmados por el Presidente de la comisión, y que sean de su competencia;
- Despachar toda la correspondencia concerniente a la atención de las quejas;
- Asignar número de expediente a las quejas y registrarlas en el banco de datos automatizada;
- Las demás que le señale el Presidente de la Comisión y el Visitador General necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones.
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